El Derecho es una disciplina que ha sido orientada hacia la ordenación y la pacífica convivencia entre las personas. Como es sabido, el humano es un ser social, cuya vida está compuesta por múltiples vínculos sociales que permiten su desarrollo. Es bajo esta premisa, que el Derecho ha establecido distintos mecanismos para regular muchas de estas relaciones entre las personas, dotándolas de la denominación de vínculos jurídicos. Las Obligaciones Civiles, son un ejemplo de esta regulación y amparo que la ley ha establecido.
Este concepto de las Obligaciones Civiles fue concebido desde los tiempos de la Antigua Roma, en donde equivalía a la servidumbre de hecho de una persona hacia otra como garantía para el cumplimiento de una deuda. Hoy en día, se entiende la obligación como un tipo de relación donde una persona puede exigir de otra el cumplimiento de una prestación, que consiste en dar, hacer o no hacer una cosa. Dentro de ella, encontramos la figura del acreedor y el deudor, siendo el primero el que exige y el segundo quien debe cumplir con la prestación.
Las Obligaciones Civiles vienen entonces a cumplir con un papel fundamental en el ordenamiento de nuestra sociedad costarricense, regulando este vínculo jurídico tan básico y relevante. La adquisición de una obligación es una característica fundamental y propia de las relaciones entre las personas, produciéndose en aspectos tan cotidianos como la compra de un tiquete para el cine o la contratación de un servicio de transporte. Las Obligaciones Civiles presentan el parámetro en el que deben darse estas relaciones, estableciendo requisitos como la posibilidad, la existencia, la licitud, la determinabilidad, comerciabilidad y la patrimonialidad para el objeto o la prestación de la obligación, dotándolo de un marco legal y protegiendo de esa manera tanto al deudor como al acreedor.
Estos derechos de obligación resguardan el interés del acreedor, proporcionándole las herramientas legales necesarias para que pueda exigir el cumplimiento de la deuda, y presentándose para él como una garantía que asegurará la satisfacción de su derecho de crédito, ante un posible incumplimiento. Para el deudor, simbolizan un deber de cumplimiento y responsabilidad para con la deuda. De esta forma, las Obligaciones Civiles se presentan como una categoría especial de derechos subjetivos, que dotan al vínculo jurídico de la obligación, de garantías y deberes, sujetando esta relación a un marco de legalidad y transparencia.
Como podemos constatar, las Obligaciones Civiles ostentan un puesto de gran importancia dentro de la sociedad costarricense, pues regulan y establecen lineamientos para un tipo de relación que sucede cada día y a todo momento. La compra de bienes y servicios es vital para el desarrollo de las personas. La adquisición de obligaciones es un aspecto común de nuestra sociedad. Por lo tanto, la existencia de esta figura legal que proteja y describa todos los componentes necesarios para que esta relación se dé bajo los preceptos de la pacífica convivencia y el bienestar social, no solamente es importante, sino también claramente necesaria.
Referencias
Brenes, A. (2010). Tratado de las Obligaciones 8ª ed. San José: Juricentro.
Montero, F. (1999). Obligaciones. San José: Premiá Editores.
Perez, V. (1994). Derecho Privado. San José: Litografía e Imprenta LIL S.A.
Rocha, C. (2008). Manual de Introducción al Derecho. Bogotá: Editorial Universidad del Rosario.